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 Normativa >> Tratados Internacionales 9664 >> Fecha 19/02/2019 >> Articulo 11
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Normativa - Tratados Internacionales 9664 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11

Procedimiento de mutuo acuerdo

1. Cuando surjan dificultades o dudas entre las Partes Contratantes respecto de la implementación o interpretación del Convenio, las autoridades competentes harán lo posible por resolver la cuestión de mutuo acuerdo.

2. Además de los acuerdos mencionados en el párrafo 1, las autoridades competentes de las Partes Contratantes podrán acordar mutuamente los procedimientos que se utilizarán en virtud de los Artículos 5 y 6.

3. Las autoridades competentes de las Partes Contratantes podrán comunicarse directamente entre sí con el propósito de llegar a un acuerdo en virtud del presente Artículo.

4. Las Partes Contratantes también podrán convenir en otras formas de solución de controversias.


 

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