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 Normativa >> Ley 7202 >> Fecha 24/10/1990 >> Articulo 45
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Normativa - Ley 7202 - Articulo 45
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Artículo 45
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Para microfilmar los documentos de los archivos, o parte de ellos, deberá consultarse a la Dirección General del Archivo Nacional sobre la planificación y la realización del proceso.

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