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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41664 >> Fecha 08/03/2019 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41664 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10. Seguimiento de los trámites gestionados. Las Instituciones administradoras informarán mediante la plataforma digital y podrán comunicar a los usuarios vía correo electrónico, el estado de cada trámite efectuado en el Sistema.


 

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