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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41664 >> Fecha 08/03/2019 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41664 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23. Continuidad del trámite. Los trámites que sean iniciados por medio de la plataforma digital, serán gestionados y finalizados por las administraciones únicamente por ese mismo medio.


 

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