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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41664 >> Fecha 08/03/2019 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41664 - Articulo 28
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Artículo 28
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Artículo 28. Procedimiento y Requisitos. Para efectos de las solicitudes de la Dirección de Geología y Minas que podrán tramitarse por medio de la plataforma digital, los usuarios deberán cumplir con todos los procedimientos y requisitos establecidos en el Reglamento al Código de Minería y sus reformas, Decreto Ejecutivo 29300-MINAE y posteriores reformas.

Para el uso de la plataforma digital, el administrado presentará una declaración jurada electrónica en la cual garantiza la veracidad e integridad de los documentos aportados. La presentación de esta declaración no dispensa el cumplimiento de las formalidades adicionales de autenticación, certificación o registro que se encuentren establecidas como requisito en los Reglamentos vigentes, siempre y cuando estos requerimientos no puedan ser suplidos por la firma digital, caso en el cual con la firma digital se tendrán por cumplidos.

La inclusión de información falsa en la plataforma digital, hará que los usuarios incurran en las faltas civiles y penales establecidas en la normativa vigente.

El administrado será responsable por la custodia y conservación de los documentos impresos originales adjuntos a la solicitud y ·de presentarlos ante la DGM cuando lo requiere.


 

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