Artículo 28. Procedimiento y Requisitos. Para efectos de las
solicitudes de la Dirección de Geología y Minas que podrán tramitarse por medio
de la plataforma digital, los usuarios deberán cumplir con todos los
procedimientos y requisitos establecidos en el Reglamento al Código de Minería
y sus reformas, Decreto Ejecutivo 29300-MINAE y posteriores reformas.
Para el uso de la plataforma digital, el administrado presentará una
declaración jurada electrónica en la cual garantiza la veracidad e integridad
de los documentos aportados. La presentación de esta declaración no dispensa el
cumplimiento de las formalidades adicionales de autenticación, certificación o
registro que se encuentren establecidas como requisito en los Reglamentos
vigentes, siempre y cuando estos requerimientos no puedan ser suplidos por la
firma digital, caso en el cual con la firma digital se tendrán por cumplidos.
La inclusión de información falsa en la plataforma digital, hará que los
usuarios incurran en las faltas civiles y penales establecidas en la normativa
vigente.
El administrado será responsable por la custodia y conservación de los
documentos impresos originales adjuntos a la solicitud y ·de presentarlos ante
la DGM cuando lo requiere.
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