Artículo 2. Alcance. Este Reglamento es de acatamiento obligatorio para
todos los usuarios de SETENA y la DGM.
La aplicación de este Reglamento no exime a los usuarios de cumplir la
normativa vigente que rige cada uno de los trámites que se efectúan en SETENA y
la DGM, de manera que todo aquello que no se encuentre regulado expresamente en
el presente Reglamento se regirá por la normativa aplicable según la materia.
|