Transitorio IV
Los contribuyentes antes del mes de setiembre de 2019 que se acojan al
régimen especial agropecuario y cuyo período de impuesto sea cuatrimestral, por
una única vez, tendrán un período trimestral que comprenderá del mes de octubre
de 2019 al mes de diciembre de 2019. En estos casos, debe presentarse la
declaración respectiva y pagar el impuesto correspondiente, a más tardar el día
15 de enero de 2020.
Los contribuyentes inscritos durante el mes de setiembre de 2019 y que
se acojan al régimen especial agropecuario podrán presentar la primera
declaración el 15 de enero de 2020, considerando los meses de setiembre,
octubre, noviembre y diciembre.
|