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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41943 - A >> Fecha 01/10/2019 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41943 - A - Articulo 8
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Artículo 8    Tipo: Transitorio
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Transitorio VIII.

Los contribuyentes sujetos al régimen general, que para respaldar las adquisiciones que realicen a contribuyente del régimen especial agropecuario, contarán con un plazo máximo de 3 meses a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento para realizar los ajustes necesarios en los sistemas internos y de facturación electrónica, debiendo informar a la Administración Tributaria en el mes de octubre que harán uso de la prórroga que comprenderá los meses de octubre, noviembre y diciembre.

 

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