Artículo 2°—El Programa tendrá como objetivo general
capacitar a las personas físicas, que laboren en el despacho y venta al público
de los establecimientos que expenden agroquímicos, sobre manejo seguro, eficaz,
y racional de sustancias químicas, biológicas o afines de uso en la agricultura
a efecto de que brinden información veraz sobre el uso racional y responsable
de estas sustancias y como objetivos específicos, facilitar el aprendizaje de
los usuarios a través de un curso presencial o virtual que esté accesible en
cualquier momento, para los interesados, así como uniformar los temas a
impartir en cada una de las diferentes regiones del país.
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