Transitorio
III.-Durante los años 2021
y 2022 el Ministerio de Educación
Pública, considerando las particularidades propias del sistema educativo y la dimensión de la planilla institucional bajo el ámbito de aplicación de la Ley de
Salarios de la Administración
Pública, Ley N° 2166, desarrollará
la evaluación del desempeño
del personal ministerial mediante el esquema normativo vigente previo a la emisión del Decreto Ejecutivo N° 42087-MP-PLAN. Para el año
2023, el Ministerio de Educación
Pública, ajustará su Evaluación del Desempeño a lo establecido en el presente Decreto Ejecutivo bajo las siguientes condiciones:
a)
En el año 2023 el Ministerio de Educación Pública iniciará con el primer ciclo
de gestión del desempeño (que va del 1º de enero al 31 de diciembre), según lo
reglamentado en este lineamiento general. Este primer ciclo se evaluará, a más
tardar, el último día del mes de mayo del año 2024.
b) El Ministerio
de Educación Pública iniciará con la evaluación de los componentes establecidos
en los incisos f), g), y h) del artículo 11 e inciso b) del artículo 12 de
estos lineamientos en el año 2023; reservando la implementación de los
componentes de los incisos a), b), c), d) y e) del artículo 11 e inciso a) del
artículo 12 de cita a más tardar en el año 2024. El porcentaje relativo de los
componentes que se evaluarán a partir del 2023, se distribuirá
proporcionalmente para realizar la evaluación del desempeño.
(Así
adicionado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 43476 del 18 de abril de
2022)
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