Artículo 6º.
—Funciones. Las principales
funciones de la UPAD serán:
1. Gestionar una
cartera de proyectos de análisis de datos que permitan mejorar el proceso de
toma de decisiones del Presidente de la República.
2. Realizar gestiones
de información para garantizar un adecuado flujo y acceso de datos entre las
instituciones y la UPAD para el análisis y su aprovechamiento en la toma de
decisiones del Presidente de la República, así como en el diseño y evaluación
de políticas públicas.
3. Garantizar un
adecuado resguardo y confidencialidad durante la gestión de los datos
institucionales cuando así se requiera, de forma que se utilicen únicamente con
fines de apoyo a la toma de decisiones de política pública que favorezcan al
bienestar de las personas; cumpliendo con los principios éticos, las normativas
de acceso y uso de información pública.
4. Monitoreo y
evaluación del impacto de las decisiones del Presidente de la República,
tomadas sobre la base de las recomendaciones de la UPAD.
5. Participación
conjuntamente con el resto de las instituciones públicas en procesos de
capacitación y fortalecimiento en el campo del análisis de datos para política
pública, en el uso de tecnologías digitales modernas y la implementación de
soluciones de inteligencia artificial.
6. Promover la
capacitación de los funcionarios de la UPAD para una adecuada gestión,
procesamiento y análisis de datos para toma de decisiones de política pública.
7.
Establecimiento de alianzas de cooperación con instituciones públicas y
académicas para garantizar que se incorporen en la gestión de trabajo de la
UPAD tecnologías de vanguardia así como la experiencia en análisis de datos
para mejorar la gobernanza pública.
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