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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42307 >> Fecha 14/04/2020 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42307 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25. Cursos de capacitación para personas mentoras.

El INA diseñará la capacitación requerida para las personas mentoras; considerando lo establecido en la Ley N° 9728, las características propias de la EFTP dual, los lineamientos institucionales para el diseño y el presente reglamento. Asimismo, el INA o las instituciones acreditadas por este, emitirán el diploma correspondiente, una vez concluida la citada capacitación.

De conformidad con sus procedimientos internos, el INA también se encontrará facultado para reconocer o equiparar la certificación que lo califique como persona mentora.


 

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