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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42307 >> Fecha 14/04/2020 >> Articulo 30
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42307 - Articulo 30
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Artículo 30
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Artículo 30. Normas Supletorias.

En todo aquello no contemplado en este Reglamento se aplicarán las disposiciones de las Leyes establecidas en el ordenamiento jurídico que le competen. En caso de divergencias entre las partes serán las Instituciones quienes procederán de conformidad con su normativa interna.


 

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