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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42382 >> Fecha 02/06/2020 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42382 - Articulo 6
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Artículo 6
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ARTICULO 6°.-Cumplimiento de lineamientos sanitarios en los casos del artículo 4°. Las personas físicas y jurídicas propietarias de vehículos automotores, así como las personas conductoras de los mismos que circulen en la franja horaria con ocasión del artículo 4° del presente Decreto Ejecutivo, deberán cumplir con los lineamientos sanitarios girados por el Ministerio de Salud sobre el COVID-19.


 

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