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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42405 >> Fecha 12/06/2020 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42405 - Articulo 7
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Artículo 7
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ARTÍCULO 7°.-Vigencia. El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. San José a los doce días del mes de junio de dos mil veinte.

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