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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42392 >> Fecha 25/05/2020 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42392 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—El Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través del Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) con el apoyo de la Corporación Bananera Nacional (CORBANA), serán los responsables de la ejecución del plan de acción oficial para la prevención de dicha plaga el cual deberá ser acatado por la empresa privada, las instituciones del sector público, así como los productores de musáceas.


 

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