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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42456 >> Fecha 10/07/2020 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42456 - Articulo 4
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Artículo 4
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ARTÍCULO 4°.- Vigencia.

El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de las 17:00 horas del sábado 11 de julio a las 04:59 horas del 20 de julio de 2020.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los diez días del mes de julio de dos mil veinte.

 

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