Artículo 14.—Motivos de impedimento para concursar. No se admitirá la
participación de un funcionario en un concurso para la adjudicación de beca y/o
facilidad cuando se demuestre que anteriormente participó en un evento de
capacitación igual al del concurso; se permitirá la participación, cuando se
evidencie que el programa a desarrollar durante el evento en concurso, ha sido
modificado sustancialmente.
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