Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42159 >> Fecha 02/06/2020 >> Articulo 34
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 34     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 42159 - Articulo 34
Ir al final de los resultados
Artículo 34
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 34.—Normativa supletoria. En lo no regulado expresamente en este Reglamento o su normativa conexa, se aplicará supletoriamente la Ley General de la Administración Pública.


 

Ir al inicio de los resultados