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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42489 >> Fecha 02/07/2020 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42489 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11. Del Traslado de la solicitud al Departamento de Gestión de Exenciones. Una vez el usuario haya incluido la información en el sistema de EXONET, esta será analizada por parte de la Dirección de Energía para determinar el cumplimiento con los artículos 16 y 17 del presente reglamento. La Dirección de Energía tendrá un plazo de 10 días hábiles para realizar el análisis e indicarlo en el sistema de EXONET.

Una vez comprobada fehacientemente que los repuestos para motores y baterías así como las partes de centros de recarga corresponden técnicamente con lo indicado en los artículos 16 y 17 del presente reglamento, se trasladará la solicitud al Departamento de Gestión de Exenciones para la revisión correspondiente.


 

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