Artículo 5º—Ámbito de aplicación. El presente Sistema de
Clasificación de Ecorregiones y Ecosistemas de Costa Rica podrá ser aplicado
por instituciones públicas, instituciones autónomas y municipalidades, cuando
se trate de actividades, planes o permisos que afecten los ecosistemas
naturales que impliquen el manejo, uso e investigación de los ecosistemas.
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