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 Normativa >> Tratados Internacionales 9991 >> Fecha 24/06/2021 >> Articulo 32
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Normativa - Tratados Internacionales 9991 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32 - Denuncia

1 Cualquier Parte podrá, en cualquier momento, denunciar el presente Convenio, mediante notificación dirigida al Secretario General del Consejo de Europa.

2 Dicha denuncia surtirá efecto el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la notificación por el Secretario General.

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