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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43288 >> Fecha 01/10/2021 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43288 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9. Financiamiento y apoyo de otras instituciones. Las entidades públicas, incluyendo organismos nacionales e internacionales de cooperación, procurarán, en la medida de sus posibilidades y dentro de la normativa jurídica vigente, contribuir con el aporte de recursos económicos, logísticos, técnicos y/o humanos para el funcionamiento de la Agenda y su plataforma.

Los jerarcas de las ministerios que conforman la CDP y las demás instancias públicas no autónomas, cuyas competencias estén directamente relacionadas con la generación de productos relativos a esta Agenda, en la medida de lo posible deberán incorporar en su programación y presupuestación el financiamiento de las actividades relacionadas con esta Agenda, por medio de la inclusión en políticas, programas y proyectos dentro de los Planes Estratégicos Institucionales, Planes Operativos Institucionales, Plan Nacional de Desarrollo u otros instrumentos de planificación.

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