Artículo 14°. - Declaración
jurada. El cumplimiento de las condiciones previas citadas
en el Artículo 8° del presente reglamento, deben ser declaradas por el
interesado de la actividad bajo fe de juramento, en documento que debe ser
presentado ante el MS, según formato que se indica en los Anexos 3 o 4, según
corresponda, de esta normativa. En dicha declaración la persona interesada debe
también manifestar que conoce y cumple todas las regulaciones específicas
vigentes aplicables a su actividad, manifestando a la vez que consiente en
forma expresa que la autoridad de salud correspondiente cancele el permiso y proceda
con la clausura del establecimiento o unidad móvil de servicios de salud en
caso de comprobarse el incumplimiento de regulaciones específicas que fueron
citadas en la declaración jurada correspondiente.
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