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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43432 >> Fecha 09/03/2022 >> Articulo 30
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43432 - Articulo 30
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Artículo 30
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Artículo 30°. - Opción del trámite del PSF para establecimientos de servicios de alimentación al público e industrias de alimentos. Para el caso de establecimientos de servicios de alimentación al público e industria de alimentos, el administrado puede optar por una de las siguientes alternativas:

a. El trámite de otorgamiento del PSF lo puede realizar por un año, con el pago del servicio de forma anual.

b. El trámite de otorgamiento del PSF por un año, con la opción de pago del servicio por un monto equivalente a cinco (5) años. En este caso, el DARS debe renovar, de oficio, anualmente el PSF, sin que el permisionario presente la solicitud de renovación; actualizando el permisionario el expediente con los requisitos correspondientes sobre la certificación de instalaciones eléctricas, de gas LP o gas natural y manteniendo las condiciones bajo las cuales fue dado originalmente el PSF.

Una vez que se cumpla el plazo de cinco años, el permisionario puede volver a optar por cualquiera de las opciones anteriores.

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