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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43432 >> Fecha 09/03/2022 >> Articulo 31
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43432 - Articulo 31
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Artículo 31
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CAPÍTULO V.

DISPOSICIONES PARTICULARES PARA LOS PERMISOS DE

HABILITACIÓN PARA SERVICIOS DE SALUD.

Artículo 31°. - Normativa específica de habilitación: Los servicios de salud que cuenten con una norma específica de habilitación, adicionalmente a las condiciones y requisitos generales establecidos en el presente reglamento, deben cumplir con las condiciones específicas señaladas en la norma que les sea aplicable. El cumplimiento de estas normas debe ser verificado por el Ministerio de Salud, durante las inspecciones al servicio.

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