Artículo 35°. - Cambio en
el nombre comercial. En caso de que un
permisionario decida realizar cambio del nombre comercial de la actividad debe
presentar ante la DARS:
a. Formulario de solicitud debidamente lleno.
b. Documento de identificación en el caso de personas físicas y en el caso
de personas jurídicas la certificación registral o notarial,
c. Entregar el permiso anterior.
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