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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43432 >> Fecha 09/03/2022 >> Articulo 36
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43432 - Articulo 36
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Artículo 36
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Artículo 36°.- Cambio del permisionario. En aquellos casos donde la actividad a la cual fue otorgado el permiso cambió de propietario se deberá presentar ante la DARS:

a. Formulario de solicitud de Modificación o Reposición de Permiso (Anexo 11) debidamente lleno y firmado tanto por el permisionario actual como por el nuevo, en presencia de un funcionario de la DARS o en su defecto debe venir autenticado por abogado.

b. Documento de identidad correspondiente en los casos de las personas físicas y en los casos de personas jurídicas la certificación notarial o registral con no más de un mes de emitida.

c. Tanto el permisionario actual como el nuevo, deben estar al día con las obligaciones señaladas en los incisos "l", "m", "n" y "o" indicadas en el Artículo 8, condiciones previas para el trámite del permiso por primera vez.

d. Declaración Jurada para Trámites de Solicitud del Permiso por Renovación, estipulada en el Anexo 4 del presente reglamento, debidamente lleno y firmado por el nuevo permisionario.

e. Entregar el permiso anterior. No aplica si el permiso se gestionó en la plataforma digital.

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