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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43432 >> Fecha 09/03/2022 >> Articulo 41
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43432 - Articulo 41
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Artículo 41
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CAPÍTULO VII.

DE LOS PROGRAMAS, PLANES, BUENAS PRACTICAS Y

DEMAS NORMATIVA APLICABLE.

Artículo 41°. - Programa Manejo Integral de Residuos. Todos los permisionarios deben elaborar, implementar y mantener actualizado un Programa de Manejo Integral de Residuos generados por su actividad, de conformidad con lo estipulado en los artículos 23 y 24 y en el Anexo II del Decreto Ejecutivo No. 37567-S-MINAET-H del 2 de noviembre del 2012 "Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos".

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