Artículo 44°. -
Implementación de los programas y planes. El
Programa de Manejo Integral de Residuos, el Programa de Salud Ocupacional y el
Plan de Atención de Emergencias son requisitos operativos; deben estar
implementados a más tardar en 4 meses contados a partir del día siguiente al
otorgamiento del PSF por primera vez. Estos documentos deben estar disponibles
en el sitio de operación, para ser facilitados a las autoridades
correspondientes cuando realicen las inspecciones para verificar su implementación.
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