Artículo 54°. - Requisitos
para la solicitud del trámite de la autorización sanitaria para eventos
temporales de concentración masiva de personas. El interesado en realizar un evento temporal ya sea dentro de un
establecimiento que cuente con permiso o en un espacio abierto, que implique la
concentración masiva de personas, deben presentar los siguientes requisitos:
a. Formulario de solicitud de autorización sanitaria para eventos
temporales de concentración masiva de personas debidamente lleno, según Anexo 8
del presente reglamento.
b. Declaración Jurada, según Anexo 9 del presente reglamento.
c. Cédula de identidad, o en el caso de personas extranjeras el Documento
de Identidad Migratoria para personas extranjeras DIMEX (libre condición), del
solicitante o su representante legal. En el caso de persona solicitante de
refugio o apátrida, se puede admitir como documento válido para el trámite; en
el caso de solicitantes de refugio, el "carné provisional de permiso
laboral" y en el caso de persona apátrida, el "carné provisional
permiso laboral categoría especial", ambos emitidos por la Dirección General
de Migración y Extranjería, dichos documentos deben encontrarse vigentes. En
caso de persona jurídica debe aportar certificación registral o notarial de la
personería jurídica vigente con no más de un mes de emitida.
d. Copia del comprobante de pago del registro de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 32161-S del 09 de setiembre del 2004
"Reglamento de Registro Sanitario de Establecimientos Regulados por el
Ministerio de Salud". Para efectos de la clasificación que pide el reglamento
en mención, todas las actividades temporales se clasificarán como de Riesgo A.
Se exceptúa de este cobro los eventos temporales realizados por instituciones
públicas.
e. Copia del contrato de arrendamiento, resolución o autorización del
propietario o administrador del inmueble o del espacio físico donde se llevará
a cabo el evento temporal. Si el solicitante de la autorización sanitaria es el
propietario registral del inmueble donde se llevará a cabo el evento, queda
exento de la presentación de la copia del contrato de arrendamiento, resolución
o autorización de uso del inmueble.
f. Croquis del evento según las especificaciones que se detallan en el
artículo siguiente.
g. Seguro de riesgos del trabajo, para todo el personal que labore en el
evento. En los casos donde exista subcontratos, cada patrono (el
subcontratista) debe tener su póliza de RT para su personal.
h. Seguro de riesgos de responsabilidad civil o seguro de riesgo colectivo
para daños a terceros para el evento a desarrollar.
i. Los eventos con actividades taurinas, además de los seguros citados en
los incisos "g" y "h", deben presentar el seguro contra riesgos de la actividad
taurina con cobertura para montadores y toreros, sean improvisados o
profesionales.
j. Plan de operaciones del evento debidamente firmado, el cual debe
contener la descripción detallada del evento, el cronograma de actividades y
especificar el horario, la fecha de inicio y finalización del evento.
k. Plan de atención de emergencias del evento.
l. Cuando se requiera del uso de cabañas sanitarias, copia del contrato con
la empresa que brindará el servicio con indicación del número del permiso
sanitario de funcionamiento, la cantidad de cabañas y el plan de limpieza y
mantenimiento de estas, que garantice la accesibilidad al público a
instalaciones sanitarias (acorde a la cantidad de personas que asistirán al
evento).
m. Programa de Manejo Integral de Residuos, conforme lo establecen los
artículos 32 de la Ley N° 8839 del 24 de junio del 2010 "Ley para la Gestión
Integral de Residuos" y 23 y 24 del Decreto Ejecutivo No. 37567-S-MINAET-H del
2 de noviembre del 2012 "Reglamento General a la Ley para la Gestión
Integral de Residuos".
En el caso de los eventos
temporales de atención en salud también deberán de tomarse en consideración las
disposiciones del Decreto Ejecutivo N° 30965-S del 17 de diciembre del 2002
"Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se
generan en establecimientos que prestan atención a la salud y afines".
n. Plan de manejo de las aguas residuales servidas, que describa el tipo de
instalaciones hidráulicas y sanitarias a utilizar y su disposición final. Este
requisito será necesario cuando el evento o actividad se realice en un sitio en
donde no se cuente con un sistema para disponer las aguas de este tipo.
o. Cuando el evento se desarrolle en sitios donde no se cuente con
suministro de agua potable para consumo humano, plan para garantizar el
abastecimiento de agua durante la duración del evento.
p. Plan operativo de atención prehospitalaria de la empresa que prestará
sus servicios en el evento. Se exceptúa este requisito en los casos que se
desarrollen solamente eventos temporales de atención en salud.
q. Planos constructivos tramitados y revisados conforme al Decreto
Ejecutivo N° 36550-MP-MIVAH-S-MEIC del 28 de abril del 2011 "Reglamento para el
Trámite de Revisión de los Planos para la Construcción", en los casos en los
que en el evento se utilicen construcciones nuevas, estructuras temporales, o
se modifique o ampliaciones de estructuras fijas o temporales.
r. En el caso de los eventos temporales de atención en salud, listado de
los servicios de salud que se pretenden brindar en la actividad según la
clasificación CAECR del Anexo 1 de este Reglamento.
s. En el caso de los eventos temporales de atención en salud que así lo
requieran, copia de regencia vigente emitida por el colegio profesional
respectivo, cuando la Ley General de Salud o alguna ley especial lo requiera,
según el tipo de servicio de salud que este desarrolle. Deberá presentar
original para su confrontación.
t. Certificación estructural, capacidad de medios de egreso y carga de
ocupantes, para las estructuras fijas o temporales a utilizar en el evento,
emitida por un profesional en ingeniería civil, ingeniería estructural o en
construcción, miembro del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
u. En caso de utilizar productos peligrosos durante el evento, debe
adjuntar una lista de estos, incluyendo su uso, cantidad, número de registro
del Ministerio y tipo de medidas de seguridad que se emplearán durante el almacenamiento.
v. Aportar una lista de los alimentos terminados que serán procesados,
distribuidos o vendidos al público en caso de ofrecer este servicio.
w. En el caso de los eventos con una duración de más de 72 horas en los que
se realice preparación de alimentos, copia del contrato con el laboratorio
encargado de los análisis microbiológicos estipulados en el Decreto Ejecutivo
No. 41420-COMEX-SMAG-MEIC del 16 de julio del 2018 "Publica Resolución N°
402-2018 (COMIECOLXXXIII) de fecha 28/06/2018 y su Anexo: "Reglamento
Técnico Centroamericano RTCA 67.04.50:17 Alimentos. Criterios Microbiológicos
para la Inocuidad de los Alimentos". Dicho laboratorio debe contar con
permiso de habilitación y con procedimientos debidamente acreditados para
dichos análisis, lo cual será verificado a lo interno del Ministerio y dejará
constancia de dicha verificación.
x. Cuando en el evento se utilicen juegos mecánicos, carruseles,
atracciones de aventura, carrozas o carros alegóricos, se debe aportar
certificación vigente emitida por un profesional competente en la materia
miembro del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, sobre el buen estado
de funcionamiento y mantenimiento de estos. Además, indicar las condiciones de
instalación en el sitio de la actividad o evento y las medidas de seguridad que
se emplearán durante la operación, de forma que garantice la minimización del
riesgo para la salud de los asistentes.
y. En los eventos que se utilice gas licuado de petróleo (GLP), el
solicitante debe presentar un informe técnico de inspección emitido de
conformidad con las normas indicadas en el artículo 5 del Decreto Ejecutivo No.
41150-MINAE-S del 04 de mayo del 2018 "Reglamento General para la Regulación
del Suministro de gas Licuado de Petróleo". El informe debe certificar que las
instalaciones, sistemas y accesorios utilizados cumplen la legislación y
normativa técnica vigente en materia de prevención, seguridad humana y
protección contra incendios.
z. En el caso que se utilicen estructuras temporales que requieran de una
instalación eléctrica, certificado de verificación o en su defecto el informe
de cumplimiento de las instalaciones eléctricas emitido por los profesionales
que se establecen en el Decreto Ejecutivo No. 36979-MEIC del 13 de diciembre
del 2011 "Reglamento de Oficialización del Código Eléctrico de Costa Rica para
la Seguridad de la Vida y de la Propiedad (RTCR 458:2011)".
Adicionalmente, y de
conformidad con la regulación específica vigente, el solicitante también debe
cumplir con las siguientes condiciones cuya verificación se debe realizar por parte
del funcionario de la DARS utilizando las bases de datos en línea específicas
para cada propósito:
aa. Estar al día en el pago de las multas por infracción a la Ley 9028 del
22 de marzo del 2012 "Ley general de control del tabaco y sus efectos nocivos
en la salud".
bb. Estar inscrito como patrono o trabajador independiente, según
corresponda, y al día en el pago de las obligaciones según los artículos 74 y
74 bis de la ley No. 17 del 22 de octubre de 1943 "Ley Constitutiva de la
Caja Costarricense de Seguro Social CCSS".
cc. Estar al día con las obligaciones con el FODESAF de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 22 de la Ley No. 5662 del 23 de diciembre de 1974
"Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares".
dd. Estar al día con sus obligaciones tributarias conforme al art. 18 bis de
la Ley No. 4755 del 3 de mayo de 1971 "Código de Normas y Procedimientos
Tributarios".
ee. Estar al día en el pago de las multas por omisión en el cumplimiento de
las órdenes sanitarias o medidas especiales o generales dictadas por las
autoridades de salud, según la Ley 5395 "Ley general de Salud".
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