TRANSITORIO II. Los permisionarios que hayan obtenido el PSF para la realización de
actividades en casas de habitación según lo establecido en el Decreto Ejecutivo.
No. 39472-S del 18 de enero del 2016 "Reglamento General para
autorizaciones y Permisos de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de
Salud", pueden optar por otro periodo, concluido ese periodo deberá
cumplir con lo establecido en el artículo 29 del presente reglamento.
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