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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43432 >> Fecha 09/03/2022 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43432 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO III. Los servicios de salud que obtuvieron un certificado de habilitación por medio del Decreto Ejecutivo No. 41045-S del 08 de marzo del 2018 "Reglamento general para la habilitación de servicios de salud", antes de la entrada en vigor del presente reglamento, pueden mantener dicho certificado por el tiempo que les fue extendido.

Las solicitudes del certificado de habilitación, presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente reglamento, se deben tramitar al tenor de lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 41045-S del 08 de marzo del 2018 "Reglamento general para la habilitación de servicios de salud".

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