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 Normativa >> Ley 6050 >> Fecha 14/03/1977 >> Observaciones
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  Ley : 6050   del 14/03/1977  
Reforma Ley Orgánica del Consejo Nacional Producción (C.N.P.)
 


Observaciones
Por leyes Nos. 6075 de 26 de julio de 1977 (Art. 37 al adicionar el 9 de la 6025 de 20 de diciembre de 1976 con una norma general 79) y 6191 de 12 de diciembre de 1977 (Norma General 70 del art. 9), se amplió el plazo a que se refiere el párrafo final del artículo 48. El Transitorio I de la presente ley, fue ampliado en su vigencia por leyes Nos. 6075 de 26 de julio de 1977 (art. 25), 6256 de 28 de abril de 1978 (art. 18), 6406 de 18 de diciembre de 1979 (Norma General 76 del art. 9), 6542 de 22 de diciembre de 1980 (art. 9.62), 6700 de 23 de diciembre de 1981 (art. 9.60), 6963 de 31 de julio de 1984 (art. 30), 7040 de 6 de mayo de 1986 (art. 30), 7089 de 28 de diciembre de 1987 (art. 14) y, 7111 de 12 de diciembre de 1988 (art. 36.4) que amplió dicho plazo para que cubriera el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1988. NOTA: La ley No.6050 del 14 de marzo de 1977 reformó y reprodujo íntegramente el texto de la presente ley. Luego, el artículo 1 de la ley No.6786 del 9 de agosto de 1982 modificó el párrafo 1, el encabezado y el inciso j) del artículo 5 de la No.6050. Además, el artículo 21 de la ley No.6982 del 19 de diciembre de 1984 adicionó un párrafo al inciso n) del artículo 5 de la misma ley. No obstante, dichas afectaciones deben tenerse como hechas a la No.2035, por ser la ley original.