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 Normativa >> Ley 3625 >> Fecha 16/12/1965 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 3625
Amplía Decreto ley creación ICE
Texto Completo acta: 18895 1

Artículo único.- Adiciónase el artículo 17 del Decreto-Ley



Nº 449 del 8 de abril de 1949, que creó el Instituto



Costarricense de Electricidad, con el siguiente párrafo:



"El Instituto deberá destinar las reservas y fondos



constituidos con ese objeto, al pago de prestaciones laborales



y fondo de garantías y ahorro del personal permanente, y



continuar efectuando los aportes correspondientes en una suma no



menor a la aportada por los funcionarios y empleados que coticen



para el fondo. El fondo aportado por el Instituto le pertenecerá



a éste y será utilizado para los objetivos propuestos, de acuerdo



con las normas que al respecto dicte su Consejo Directo. El



personal permanente, según calificación del mismo Consejo, deberá



cotizar para el fondo con una suma no menor del cinco por ciento



mensual de sus salarios".




Ficha articulo





Fecha de generación: 23/4/2024 07:25:43
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