Texto Completo acta: 33DEF
1
AUTORIZACION AL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Y ENERGIA PARA DONAR LA MADERA QUE DECOMISE
ARTICULO 1.- Refórmase la Ley Forestal, No. 7575, del 13 de febrero
de 1996, en la siguiente forma:
a) Se agrega un nuevo inciso q) al artículo 6, en consecuencia se
corre la numeración de los incisos restantes. El texto dirá:
(...)
b) Adiciónanse al final del artículo 65 dos párrafos, que dirán:
(...)
Ficha articulo ARTICULO 2.- Se autoriza al Ministerio del Ambiente y Energía para
inventariar, en todo el país, las maderas de su propiedad que, por
cualquier razón, se encuentren en abandono y para donarlas al Ministerio
de Educación Pública, siempre que se desconozcan los legítimos
propietarios o, en caso de decomiso, esté firme la sentencia condenatoria.
Ficha articulo
ARTICULO 3.- Rige a partir de su publicación.
Ficha articulo
Fecha de generación: 25/4/2024 23:44:34