Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27069 >> Fecha 05/01/1998 >> Texto completo
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


Artículos     >>
Recuerde que Control F es una opción que le permite buscar en la totalidad del texto

Ir al final del documento

- Usted está en la última versión de la norma -
Texto Completo Norma 27069
Norma RTCR 228:1996 Fertilizantes, Tolerancias Permitidas para la Concentración de los Elementos

N° 27069-MAG-MEIC



(Este decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 3° del Reglamento Técnico RTCR 485:2016 Sustancias Químicas, Fertilizantes y Enmiendas para uso agrícola, tolerancias y límites permitidos para la concentración de los elementos contaminantes, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 39994 del 24 de octubre del 2016)



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA



Y LOS MINISTROS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA



Y DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO,



        En uso de las potestades que les confiere el artículo 140, incisos 3) y 18), de la Constitución Política y de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 28 y 29 de la Ley General de la Administración Pública, en la ley 1698 del 26 de noviembre de 1953, en la ley 5292 del 9 de agosto de 1973 y la Ley de Protección Fitosanitaria No 7664 del 2 de mayo de 1997.



DECRETAN:



Artículo 1°-Aprobar el siguiente reglamento técnico



RTCR 228:1996 FERTILIZANTES, TOLERANCIAS PERMITIDAS PARA



LA CONCENTRACIÓN DE LOS ELEMENTOS



1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN:



        Este reglamento técnico tiene por objeto establecer las tolerancias en el contenido de los elementos en los fertilizantes, acondicionadores del suelo y enmiendas registrados en Costa Rica. 




Ficha articulo



2. DEFINICIONES



        2.1 acondicionador del suelo: producto sintético, inorgánico u orgánico añadido a los suelos, cuya función principal es mejorar sus propiedades físicas o químicas y/o su actividad biológica.



        2.2 dolomita: es el producto formado principalmente por una mezcla natural de carbonato de calcio y carbonato de magnesio.



        2.3 enmiendas cálcicas y magnésicas (Ca, Mg): acondicionadores inorgánicos del suelo conteniendo uno o ambos de los elementos calcio y magnesio generalmente en la forma de óxido, hidróxido o carbonatos, destinados principalmente a mantener o subir el pH del suelo.



        2.4 fertilizante: es todo producto orgánico o inorgánico, natural o sintético, que aplicado a las raíces o al follaje de las plantas, suministra uno o más de los nutrimentos necesarios para su crecimiento.



        2.5 fósforo asimilable: fosfatos solubles en agua más fosfatos solubles en disolución acuosa de citrato de amonio.



        2.6 potasio soluble: potasio soluble en disolución acuosa de oxalato de amonio, en disolución acuosa de citrato de amonio o en agua.



        2.7 valor de neutralización de una enmienda: Número que representa la cantidad en kilogramos, de óxido de calcio (CaO), el cual tiene la misma capacidad de neutralización que 100 Kgs de la enmienda en consideración.




Ficha articulo



3. TOLERANCIAS



        3.1 Se permitirán las siguientes tolerancias de acuerdo a la declaración de la etiqueta.



Elemento

Contenido declarado en porcentaje masa/masa

Tolerancia permitida

nitrógeno total expresado como N

hasta 2:

± 30%

más de 2 hasta 10

±0,6 unidades

más de 10 hasta 15

±0,7 unidades

más de 15 hasta 20

± 0,9 unidades

mayor de 20

± 1,0 unidades

fósforo total expresado como P205

hasta 2

± 30%

más de 2 hasta 10

± 0,7 unidades

más de 10 hasta 20

± 0,9 unidades

mayor de 20

±1,0 unidades

potasio soluble total expresado



como K2 O

hasta 2

± 30%

más de 2 hasta 10

± 0,8 unidades

más de 10 hasta 20

±1,0 unidades

mayor de 20

±1,2 unidades

calcio total expresado como CaO magnesio total expresado como MgO

hasta 2

±30%

hasta 2 hasta 5

±0,5 unidades

más de 5 hasta 10

±0,7 unidades

mayor de 10

± 0,8 unidades

Azufre expresado como S

hasta 2

±30%

de 2 hasta 10

±0,6 unidades

más de 10 hasta 15

±0,7 unidades

más de 15 hasta 20

± 0,9 unidades

mayor de 20

± 1,0 unidades

Boro expresado como B

hasta 2

±30%

más de 2 hasta 5

±0,6 unidades

más de 5 hasta 10

±0,7 unidades

mayor de 10

±0,9 unidades

Zinc expresado como Zn

hasta 2

±30%

más de 2 hasta 5

±0,5 unidades

más de 5 hasta 10

±0,6 unidades

mayor de 10

±0,8 unidades

Cobalto expresado como Co

±30%

Molibdeno expresado como Mo

±30%

Cobre expresado como Cu

±25%

Hierro expresado como Fe

±25%

Manganeso expresado como Mn

±25%

         3.2 Contenido de humedad: El carbonato de calcio y las enmiendas dolomíticas deberá contener un máximo de 10% de humedad.



        3.3 Urea



        El fertilizante no debe contener más de 1,5% en masa de biuret (alofanamida) como impureza.




Ficha articulo



4. REFERENCIAS



        RTCR 176: 1991. Agroquímicos. Toma de muestras.



        RTCR 316:1998. Fertilizantes, material técnico y sustancias afines. Registro




Ficha articulo



5. METODOLOGÍA



        Para la confirmación de los requisitos establecidos en el presente reglamento técnico se utilizarán los métodos de análisis de la Asociación de Químicos Analíticos Oficiales (AOAC).



        5.1 Nitrógeno AOAC 970.02 y 978.02



        5.2 Fósforo Espectrofotométrico AOAC 958,01, 963.03, 977.01



        5.3 Potasio Espectrofotométrico AOAC 983,02



        5.4 Boro Espectrofotométrico AOAC 982,01



        5.5 Magnesio, Zinc, Cobre, Calcio, Manganeso, Hierro Absorción Atómica AOAC 965,09



        5.6 Biuret en Urea, espectrofotométrico AOAC 960.04



        5.7 Agua total, AOAC 950.01



        5.8 En caso de discrepancia los resultados analíticos serán expresados como porcentaje masa/masa.




Ficha articulo



6. BIBLIOGRAFÍA,



        Para la redacción de este reglamento técnico se ha tomado en cuenta los siguientes documentos:



        Fertilizantes. Mezclas físicas. Especificaciones general y tolerancias. Instituto Centroamericano de Investigación y Tecnología Industrial (ICAITI), 44009:9 la. Revisión, Guatemala, 1994.



        Norma ISO 8157. Fertilizers and soil conditioners. Vocabulary. 1994.



        AENOR. Norma Española UNE 142-100-94. Fertilizantes y acondicionadores del suelo. Vocabulario. 1994



        Milonas, Denis. Legislación sobre Fertilizantes. Boletín de suelos de la FAO 20. Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Roma, 1973.



        The fertiliser (Control) Order, 1985 and the Essencial Commodities Act, 1995. The Fertiliser Association of India, 10 Shaheed Jil Singh Marg. New Delhi 110067, December 1988.



        Methods of Analysis of the Association of Official Chemists.



        15th. Edition. Arlington VA: AOAC. 1990.




Ficha articulo





Fecha de generación: 19/4/2024 23:27:51
Ir al principio del documento