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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32405 >> Fecha 23/05/2005 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 32405
Crear el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque
Texto Completo acta: 9030C Nº 32405

Nº 32405



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA



Con fundamento en las facultades constitucionales que les confieren los incisos 3) y 18) de los artículos 140 y 146 de la Constitución Política, los artículos 1°, 35 y 36 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, publicada el 13 de noviembre de 1995, artículos 1° y 5º de la Ley Forestal Nº 7575 publicada el 16 de abril de 1996.



Considerando:



1º—Que el Ministerio del Ambiente y Energía, como ente rector del Sector de Recursos Naturales, Energía y Minas, debe velar por la protección del ambiente, los elementos que la componen y del suministro y uso racional de los mismos.



2º—Que la Ley Orgánica del Ambiente impone al Ministerio del Ambiente y Energía el establecimiento del ordenamiento territorial del país para armonizar, tanto el bienestar de la población presente y futura, como la preservación del ambiente.



3º—Que la Ley Forestal dispone que la Administración del recurso forestal será competencia del Ministerio del Ambiente y Energía, debiendo velar en consecuencia por su conservación en áreas de interés para el Estado, en especial en las áreas que comprenden el patrimonio natural del Estado, el cual está constituido por los bosques y terrenos forestales de las reservas nacionales, de las áreas declaradas inalienables y de las fincas inscritas a su nombre y de las pertenecientes a las municipalidades, instituciones autónomas y demás organismos de la Administración Pública, excepto inmuebles que garanticen operaciones crediticias con el Sistema Bancario Nacional e ingresen a formar parte de su patrimonio. Estos terrenos serán inembargables e inalienables, no pueden permutarse, cederse, entregarse ni darse en arrendamiento por ningún organismo de la Administración Pública, pudiendo únicamente realizarse labores de investigación, capacitación y ecoturismo, por lo que no podrá realizarse en ellas labores de aprovechamiento forestal.



4º—Que parte de los deberes y tareas del Estado es el procurar y asegurar la protección ambiental, siendo Costa Rica uno de los países más destacados en este ámbito de acción, estableciendo un sistema de áreas protegidas en todo su territorio, poniendo en práctica el mandato constitucional establecido en el artículo 50.



5º—Que la Ley del Ambiente y la Ley de Biodiversidad disponen que las áreas que sean declaradas Refugio Nacional de Vida Silvestre serán aquellas que sean aptas para la preservación de la flora y fauna autóctona.



 6º—Que corresponde al Sistema Nacional de Áreas de Conservación proponer al Poder Ejecutivo la creación de nuevas áreas silvestres protegidas que serán establecidas mediante decreto ejecutivo con precisión de sus límites.



7º—Que el Ministerio del Ambiente y Energía, tiene entre sus proyectos más próximos, la declaratoria de creación del Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque situado en la zona fronteriza norte entre las desembocaduras de los ríos San Carlos y Sarapiquí. Es un área que por su interés científico es considerada de importancia para la conservación, pues presenta características especiales para la conservación de importantes especies de flora y fauna entre ellas: la Lapa verde (Ara Ambigua), Jaguar (Pantera onca), Almendro (Dypteryx panamensis), Manatí (Trichechus manatus), Gaspar (Atractosteus tropicus) y Pinillo (Podocarpus guatemalensis). La ubicación geográfica de esta zona resulta de gran importancia ya que esta área silvestre protegida estaría situada en el Corredor Biológico Binacional El Castillo-San Juan-La Selva, que es continuidad del Corredor Biológico Mesoamericano entre Nicaragua y Costa Rica y constituye el último bloque de cobertura forestal natural significativo que permita mantener la conectividad biológica entre ambos países, por lo que esta área conectaría hábitat claves y corredores de vida silvestre, lo que prevendría el aislamiento de especies y de ecosistemas nativos.



8º—Que las áreas El Jardín, Cureña y Chaparrón constituyen núcleos muy importantes para la conservación de la biodiversidad, entre la cual se encuentran varias especies amenazadas tales como:



Especies de mamíferos amenazadas

Especie Nombre común Situación

1 Metachirus nudicaudatus Zorricí poco común

2 Myrmecophaga tridactyla oso caballo peligro

3 Cyclopes didactylus serafín de platanar amenazada

4 Choloepus hoffmanni perezoso de dos dedos reducida

5 Bradypus variegatus perezoso tres dedos amenazada

6 Cabassous centralis armadillo zopilote amenazada

7 Cyttarops alecto Murciélago rara

8 Micronycteris daviesi Murciélago muy raro

9 Vampyrum spectrum Murciélago amenazada

10 Ectophylla alba murciélago blanco poco común

11 Thyroptera discifera murciélago rara

12 Cebus capucinus mono carablanca reducida

13 Alouatta palliata mono congo peligro

14 Ateles geoffroyi mono colorado amenazada

15 Sciurus deppei ardilla amenazada

16 Dasyprocta punctata guatusa amenazada

17 Agouti paca tepezcuintle amenazada

18 Bassariscus sumichrasti cacomistle, olingo amenazada

19 Bassaricyon gabbii martilla amenazada

20 Galictis vittata grisón amenazada

21 Lutra longicaudis nutría peligro

22 Puma concolor puma amenazada

23 Panthera onca jaguar amenazada

24 Leopardus pardalis manigordo amenazada

25 Leopardus wiedii tigrillo amenazada

26 Herpailurus yaguarondi león breñero amenazada

27 Trichechus manatus manatí peligro

28 Tapirus bairdii danta amenazada

29 Tayassu tajacu saíno amenazada

30 Tayassu pecari cariblanco peligro

31 Odocoileus virginianus venado cola blanca amenazada

32 Mazama americana cabro de monte amenazada

Especies de aves amenazadas

Especie Nombre común Situación

1 Tinamus major gongolona amenazada

2 Crypturellus boucardi gongolona amenazada

3 Botaurus pinnatus puncus amenazada

4 Ixobrychus exilis mirasol amenazada

5 Agamia agami garza pechicastaña amenazada

6 Jabiru mycteria galán sin ventura peligro

7 Mesembrinibis cayennensis coco negro amenazada

8 Ajaia ajaja pato cuchara amenazada

9 Cairina moschata pato real amenazada

10 Oxyura dominica pato enmascarado amenazada

11 Sarcoramphus papa rey de zopilotes amenazada

12 Chondrohierax uncinatus gavilán piquiganchudo amenazada

13 Rostrhamus sociabilis gavilán caracolero amenazada

14 Geranospiza caerulescens gavilán ranero amenazada

Especie Nombre común Situación

15 Accipiter superciliosus camaleón amenazada

16 Leucopternis semiplumbea gavilán dorsiplomizo amenazada

17 Buteogallus urubitinga gavilán silbero amenazada

18 Busarellus nigricollis gavilán pescador amenazada

19 Morphnus guianensis águila crestada peligro

20 Harpia harpyja águila harpía peligro

21 Spizastur melanoleucus aguilillo blanco y negro peligro

22 Spizaetus ornatus aguilucho penachudo amenazada

23 Spizaetus tyrannus aguilucho negro amenazada

24 Daptrius americanus cacao peligro

25 Micrastur mirandollei halcón de monte amenazada

26 Falco peregrinus halcón peregrino amenazada

27 Falco deiroleucus halcón pechirrufo peligro

28 Crax rubra pavón amenazada

29 Penelope purpurascens pava amenazada

30 Odontophorus melanotis chirrascuá amenazada

31 Rhynchortyx cinctus codorniz cariroja amenazada

32 Heliornis fulica pato cantil peligro

33 Eurypyga helias sol y luna amenazada

34 Columba speciosa torcaza amenazada

35 Geotrygon violacea perdiz violácea amenazada

36 Geotrygon veraguensis paloma bigotiblanco amenazada

37 Ara ambigua lapa verde peligro

38 Ara macao lapa roja peligro

39 Amazona autumnalis lora amenazada

40 Amazona farinosa lora amenazada

41 Neomorphus geoffroyi cuco hormiguero raro

42 Lophostrix cristata lechuza amenazada

43 Lophornis helenae colibrí amenazada

44 Elvira cupreiceps colibrí amenazada

45 Trogon clathratus trogón amenazada

46 Chloroceryle inda martín pescador amenazada

47 Electron carinatum momoto pico quilla peligro

48 Jacamerops aurea jacamar grande amenazada

49 Cotinga amabilis cotinga linda amenazada

50 Carpodectes nitidus cotinga nivosa amenazada

51 Cephalopterus glabricollis pájaro sombrilla amenazada

52 Piprites griseiceps saltarín cabecigris amenazada

53 Laniocera rufescens plañidera moteada amenazada

54 Aphanotriccus capitalis mosquerito amenazada

55 Icterus mesomelas chorcha, chiltote amenazada

56 Lanio leucothorax tangara piquiganchuda amenazada

Especies de anfibios amenazadas

Especie Nombre común Situación

1 Dermophis parviceps solda con solda amenazada

2 Gymnopis multiplicata dos cabezas amenazada

3 Bolitoglossa colonnea salamandra amenazada

4 Oedipina alfaroi salamandra amenazada

5 Oedipina carablanca salamandra amenazada

6 Oedipina collaris salamandra amenazada

7 Oedipina cyclocauda salamandra amenazada

8 Bufo melanochloris sapo amenazada

9 Centrolene ilex rana de vidrio amenazada

10 Centrolenella magna rana de vidrio amenazada

11 Cochranella spinosa rana de vidrio amenazada

12 Dendrobates auratus sapo venenoso amenazada

13 Dendrobates pumilio sapo venenoso amenazada

14 Phyllobates lugubris sapo venenoso amenazada

15 Agalychnis calcarifer rana de árbol amenazada

16 Agalychnis saltator rana de árbol amenazada

17 Anotheca spinosa rana coronada amenazada

18 Hyla microcephala rana de árbol amenazada

19 Phyllomedusa lemur rana de árbol amenazada

20 Eleutherodactylus altae sapo, rana amenazada

21 Eleutherodactylus biporcatus sapo, rana amenazada

22 Eleutherodactylus gollmeri sapo, rana amenazada

23 Eleutherodactylus mimus sapo, rana amenazada

24 Eleutherodactylus noblei sapo, rana amenazada

25 Eleutherodactylus rugulosus sapo, rana amenazada

Especies de reptiles amenazadas

Especie Nombre común Situación

1 Caiman cocrodilus caimán reducida

2 Crocodylus acutus cocodrilo peligro

3 Kinosternon angustipons tortuga candado amenazada

4 Chelydra serpentina Tortuga lagarto peligro

5 Thecadactylus rapicauda gecko amenazada

6 Iguana iguana iguana verde amenazada

7 Norops carpenteri lagartija amenazada

8 Norops fungosus lagartija amenazada

Especie Nombre común Situación

9 Norops lemurinus lagartija amenazada

10 Norops pentaprion lagartija amenazada

11 Norops sericeus lagartija amenazada

12 Dactyloa frenata lagartija amenazada

13 Dactyloa insignis lagartija amenazada

14 Polychrus gutturosus lagartija amenazada

15 Ptychoglossus plicatus lagartija amenazada

16 Lepidophyma reticulatum perro zompopo amenazada

17 Celestus hylaeus lagartija amenazada

18 Boa constrictor boa, béquer amenazada

19 Corallus annulatus boa amenazada

20 Epicrates cenchria boa amenazada

21 Clelia clelia zopilota amenazada

22 Geophis ruthveni culebra de tierra amenazada

23 Sibon Aarhus culebra amenazada

24 Trimetopon pliolepis culebra amenazada

25 Trimetopon simile culebra amenazada

26 Trimetopon viquezi culebra amenazada

27 Ungaliophis panamensis culebra amenazada

Especies de peces amenazados

Especie Nombre común Situación

1 Carcharhinus leucas tiburón toro escaso

2 Pristis perotteti pez sierra escaso

3 Pristis pectinatus pez sierra escaso

4 Centropomus undecimalis robalo escaso

5 Atractosteus tropicus gaspar peligro

6 Rivulus isthmensis olomina amenazado

7 Brachyrhaphis olomina olomina poco común

8 Priapichtys annectens olomina endémico

9 Agonostomus monticola tepemechín amenazado

10 Joturus pichardi bobo poco común

Especies de árboles amenazadas

Especie Nombre común Situación

1 Aspidosperma spruceanum amargo, caretigre escasa

2 Tabebuia guayacan corteza, guayacán amenazada

3 Ceiba pentandra ceiba amenazada

4 Copaifera aromatica camíbar amenazada

5 Cynometra retusa guapinol negro muy escasa

6 Prioria copaifera cativo amenazada

7 Sclerolobium costarricense tostado peligro

8 Terminalia amazonia roble coral amenazada

9 Terminalia oblonga surá, guayabón amenazada

10 Dalbergia melanocardium bálsamo amenazada

11 Dalbergia glomerata granadillo amenazada

12 Dipteryx panamensis almendro amenazada

13 Dussia macroprophyllata sangregao amenazada

14 Hymenolobium mesoamericanumcola de pavo peligro

15 Platymiscium pinnatum cachimbo, cristobal peligro

16 Humiriastrum diguense chiricano alegre amenazada

17 Vantanea barbourii chiricano triste amenazada

18 Povedadaphne quadriporata ira rosa rara

19 Couroupita guianensis bala de cañon rara

20 Lecythis ampla olla de mono amenazada

21 Ruptiliocarpon caracolito caracolito amenazada

22 Carapa guianensis caobilla disminuida

23 Cedrela fissilis cedro real peligro

24 Cedrela odorata cedro amargo amenazada

25 Trichilia pittieri rara

26 Minquartia guianensis manú amenazada

27 Podocarpus guatemalensis cipresillo, pinillo peligro

28 Elaeoluma glabrescens carey amenazada

29 Sideroxylon capiri danto amarillo amenazada

30 Christiana africana piedra rara

31 Vochysia allenii botarrama rara

32 Qualea paraensis areno amenazada

9º—La creación de un nuevo Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto en la zona norte de Costa Rica, diversificará la economía local creando oportunidades en un área despoblada, en donde el suelo es muy pobre con dependencia de actividades como agricultura y actividad forestal, sin embargo, la primera tiene tienen un éxito limitado por problemas de suelos, por lo que los propietarios de tierras están generalmente abandonando el tipo de vida basado en la agricultura, reemplazándola por la actividad forestal, debido al atractivo de los incentivos del gobierno en materia forestal, sin embargo esta actividad provee únicamente un empleo temporal concentrado en los primeros años. El Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque crearía oportunidades de empleo para los residentes locales a través del ecoturismo como modo de vida, incluyendo ingresos generados por el alojamiento y el servicio de guías. El establecimiento de un área silvestre protegida, seguido por el desarrollo de servicios básicos de alojamiento, abriría el área para un negocio orientado hacia la conservación, con los residentes locales como actores principales. El área protegida propuesta ofrece ríos escénicos como lo son el río San Juan, San Carlos y Sarapiquí, que atraerían al turismo de vocación acuática; además de poseer recursos biológicos muy ricos.



10.—Que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación dispone de estudios que justifican técnicamente la creación de esta área silvestre protegida por su incalculable valor biológico. Por tanto, DECRETAN:



Artículo 1º—Crear el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque de acuerdo a las coordenadas descritas a continuación.



 



Sector Maquenque-Chaparrón

Nº Lugar Coordenadas

1 Río San Juan, Boca San Carlos 515900 307750

2 Río San Juan, Boca Caño Copalchí 541400 300450

3 500 metros al sur del Río San Juan 541300 300000

4 Zona de Amortiguamiento Río San Juan-Río

Sarapiquí-Río Toro (500 metros de ancho al

oeste del Río San Juan, del Río Sarapiquí y

del Río Toro) 528650 287600

5 Trocha al norte del Asentamiento Valle

Hermoso hasta la calle Golfito-Cureñon 526750 287250

6 Calle Golfito-Cureñon 524750 288350

7 Línea recta hasta la calle Caída de Agua-

Río Toro 523600 288450

8 Calle hacia el cruce de la calle Golfito-

Veracruz (500 metros antes del cruce

de la calle Golfito-Veracruz) 523000 286200

9 Zona de Amortiguamiento Mollejón-

Quebrada Chaparrón (500 metros de ancho

al norte de la calle Mollejón-Quebrada

Chaparrón) hasta Quebrada Chaparrón 518050 284950

10 Quebrada Chaparrón hasta la naciente de

Quebrada Chaparrón 514875 282850

11 Zona de Amortiguamiento Quebrada

Chaparrón-Quebrada Grande (500 metros

de ancho al norte de la carretera Golfito-

Veracruz) hasta el límite noreste de la

Reserva Biológica de Quebrada Grande 513375 281000

12 Límite norte de la Reserva Biológica

de Quebrada Grande 512850 280900

13 Límite norte de la Reserva Biológica

de Quebrada Grande 512475 280825

14 Límite norte de la Reserva Biológica

de Quebrada Grande 512400 280600

15 Límite norte de la Reserva Biológica

de Quebrada Grande 512000 280650

16 Límite norte de la Reserva Biológica

de Quebrada Grande 511950 280400

17 Límite norte de la Reserva Biológica

de Quebrada Grande y quebrada

Quebrada Grande 511700 280300

18 Naciente de la quebrada Quebrada Grande 512375 281875

19 Trocha Cerro Blanco-Sitio de Cabra hasta

naciente de Quebrada Ojoche 512600 283250

20 Quebrada Ojoche hasta 500 metros antes

del puente de la calle Sahino-Boca Tapada 506650 289600

21 Zona de amortiguamiento Sahino-Boca

Tapada-Boca San Carlos (500 metros de

ancho al este de la calle Sahino-Boca Tapada-

Boca San Carlos hasta el Río San Juan,

Boca San Carlos 515900 307750

Sector El Jardín

Nº Lugar Coordenadas

1 Río San Juan, Boca Caño El Jardín 511650 309150

2 Boca Caño El Chile 513800 307000

3 Caño El Chile (500 metros desde el Río

San Juan) 513550 306550

4 Zona de amortiguamiento (500 metros de

ancho al oeste de la orilla del Río San Juan

y del Río San Carlos) hasta el Caño Pataste 508750 295300

5 Caño Pataste hasta la calle Carmen-Jardín 505000 303375

6 Zona de Amortiguamiento Jardín (500 metros

de ancho al sureste de la calle Jardín-Boca San

Carlos) hasta el cruce Jardín-Caño Pataste 506800 303800

7 Línea recta hasta la naciente del Caño

Pataste 506700 304300

8 Línea recta hasta la naciente del Caño

El Jardín 504950 304900

9 Caño El Jardín hasta Boca Caño El Jardín,

Río San Juan 511650 309150


Ficha articulo



Artículo 2º-De la delimitación descrita en el artículo anterior, se excluye el Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Biológico Fronterizo.


Ficha articulo



Artículo 3º-Deróguense los Decretos Ejecutivos 22990-MIRENEM de creación de la Reserva Forestal Cerro El Jardín, firmado el día 21 de febrero de 1994 y publicado en La Gaceta N° 53 del día 16 de marzo de 1994, 23074-MIRENEM de creación de la Reserva Forestal Cureña, firmado el día 17 de marzo de 1994 y publicado en La Gaceta N° 67 del 7 de abril 1994, 22965-MIRENEM de creación del Humedal Laguna de Tamborcito, firmado el día 15 de febrero de 1994 y publicado en La Gaceta N° 48 del día 9 de marzo de 1994, y 22964-MIRENEM de creación del Humedal Palustrito Laguna Maquenque, firmado el día 15 de febrero de 1994 y publicado en La Gaceta N° 48 del día 9 de marzo 1994. Estas áreas silvestres protegidas cambian a la categoría de Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto como parte del Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque.


Ficha articulo



Artículo 4º-Las instituciones del Estado que posean tierras en el área territorial que conformará el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Maquenque, deberán iniciar los trámites administrativos para traspasarlas a la Administración Forestal del Estado.


Ficha articulo



Artículo 5º-Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los veintitrés días del mes de mayo del dos mil cinco.

 


Ficha articulo





Fecha de generación: 17/4/2024 22:45:42
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