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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39050 >> Fecha 09/04/2015 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 39050
Declara el 9 de abril de cada año "Día del Funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto"
Texto Completo acta: 1056E0

Nº 39050-RE 



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 



Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 



De conformidad con lo estipulado en el artículo 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto número 3008 del 18 de julio de 1962; el Estatuto de Servicio Civil, número 1581 del 30 de mayo de 1953; y el Estatuto de Servicio Exterior de la República, número 3530, del 5 de agosto de 1965, 



Considerando: 



I.-Que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica fue creado el día 9 de abril de 1844, durante la primera administración de Don José María Alfaro Zamora. 



II.-Que la Constitución Política establece en su artículo 140 inciso 12), que corresponde al Presidente de la República y al respectivo Ministro, dirigir las relaciones exteriores de la República, celebrar tratados, promulgarlos y ejecutarlos una vez aprobados por la Asamblea Legislativa, así como recibir a los Jefes de Estado y los representantes diplomáticos de otras naciones y admitir a sus cónsules. 



III.-Que según el artículo 1° de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto N° 3008 del 18 de julio de 1962, el Ministerio tiene dentro de sus fines la formulación sistematizada de la política exterior del país, la orientación de sus relaciones internacionales y la salvaguardia de la soberanía nacional. 



IV.-Que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, desde que fue creado, ha asumido con responsabilidad y liderazgo las tareas que se le han encomendado por mandato constitucional y por ley; entre ellas, dirigir la política exterior del país, defender la soberanía y los intereses nacionales en su máxima expresión, procurar la protección de los nacionales en el exterior y representar con dignidad al Estado costarricense en los ámbitos multilaterales, regionales y bilaterales. 



V.-Que lo anterior ha sido realizado con excelencia y calidad, gracias al trabajo comprometido de todos sus funcionarios, tanto los amparados al régimen del Servicio Exterior como los amparados al régimen del Servicio Civil y al régimen de confianza vigente. 



VI.-Que es interés del Presidente de la República y del Ministro de Relaciones Exteriores y Culto promocionar el talento humano dignificando los valores éticos y morales de los funcionarios. 



VII.-Que al cumplirse el 9 de abril del 2015, el 171 aniversario de la creación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se deja patente un reconocimiento a la encomiable labor realizada por todos ellos en estos años, enalteciendo el servicio público. Por tanto, 



Decretan: 



Artículo 1º-Declarar el 9 de abril de cada año, en conmemoración de la creación del Ministerio, el día oficial del funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.




Ficha articulo



Artículo 2º-Corresponderá a las autoridades de ese Ministerio, organizar las celebraciones correspondientes en el mes de abril de cada año.




Ficha articulo



Artículo 3º-Rige a partir de su publicación. 



Dado en la Presidencia de la República, el 9 de abril del 2015.




Ficha articulo





Fecha de generación: 23/2/2024 03:12:59
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