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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40405 >> Fecha 15/05/2017 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 40405
Adhesión de la República de Costa Rica a la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales
Texto Completo acta: 117C34

No. 40405-RE



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA



Y EL MINISTRO A. l. DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO



CONSIDERANDO:



1.- Que la Asamblea Legislativa mediante Ley número 9450 del día once de mayo de dos mil diecisiete, publicada en el Alcance número 103 de La Gaceta Digital número 90 del 15 de mayo de 2017, aprobó el Canje de Notas entre el Gobierno de la República de Costa Rica y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) Constitutivo para la adhesión a la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, de 29 de julio de 2016 y 12 de setiembre de 2016 con el siguiente artículo interpretativo:



"ARTÍCULO 2.- En relación con el numeral 10 de la Convención para Combatir el Cohecho de los Servidores Públicos, la República de Costa Rica interpreta que se entenderá que no se aplicará la extradición de los ciudadanos costarricenses que se encuentren en nuestro territorio".



2.- Que los instrumentos de aceptación, aprobación, ratificación o adhesión se deberán depositar con el Secretario General de la OCDE, quien fungirá como Depositario, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 14 de la mencionada Convención.



POR TANTO:



En uso de las facultades que les confieren los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.



DECRETAN:



Artículo 1.- La adhesión de la República de Costa Rica a la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, hecha en París, el diecisiete de diciembre de mil novecientos noventa y siete, con el mencionado artículo interpretativo.




Ficha articulo



Artículo 2.-Rige a partir de esta fecha.



Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de mayo del dos mil diecisiete.




Ficha articulo





Fecha de generación: 22/2/2024 23:53:23
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