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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 033
 
  Opinión Jurídica : 033 - J   del 13/06/2011   
 
Resumen

OJ-033-2011


 


VIDA SILVESTRE.  FAUNA SILVESTRE.  FLORA SILVESTRE.  REFUGIOS NACIONALES DE VIDA SILVESTRE.  DESCONCENTRACIÓN.  PERMISO DE USO.  DOMINIO PÚBLICO. PATRIMONIO NATURAL DEL ESTADO.  ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS.  PLANES DE MANEJO.  BOSQUE. 


 


            La señora Hannia Durán, Jefa de Área de la Comisión Permanente Especial de Ambiente de la Asamblea Legislativa, somete a conocimiento de la Procuraduría General de la República el proyecto “Ley de conservación de la vida silvestre”, tramitado bajo el expediente legislativo No. 17054.


 


            La Procuradora Adjunta Susana Fallas Cubero hace, entre otras, las siguientes observaciones:


 


            - Se omite la definición de bosque, aguas continentales e insulares,  recursos marinos pesqueros, especies exóticas y pesca para fines científicos o académicos.


 


            - El proyecto crea “el Servicio Nacional de Vida Silvestre del Sistema Nacional de Áreas de Conservación” (SENAVIS) como un órgano desconcentrado del SINAC.  No se determina el grado de desconcentración y no queda claro el beneficio para la eficiencia administrativa, de la redistribución de competencias y la creación de esta nueva estructura organizativa.   Además, deben efectuarse deslindes claros de las competencias con otros órganos o entes.


 


            - El permiso de uso es una figura para la utilización del dominio público y no tiene sentido requerirlo para el ejercicio de actividades en terrenos de propiedad privada.   Dado su carácter precario, cabe únicamente para instalaciones fácilmente removibles y no para edificaciones permanentes, por ello no es congruente que se prevea su utilización para “proyectos de desarrollo”.


 


            - La realización de “actividades o proyectos de desarrollo y de explotación de los recursos naturales” en las porciones estatales de los refugios de propiedad mixta quiebra la línea tutelar de la normativa vigente, no es acorde el espíritu conservacionista que predica el proyecto en su exposición de motivos.


 


            - Se omite concretar si la colecta científica y académica, la caza y la recolecta, ambas de subsistencia, serán o no permitidas en las áreas silvestres protegidas.


            - Los permisos de investigación en áreas silvestres protegidas deben ser conformes al Plan de Manejo de cada una de ellas.