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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 222
 
  Dictamen : 222 del 20/09/2012   
 
Resumen

C-222-2012


ENTES PÚBLICOS NO ESTATALES. CORPORACION ARROCERA.  NATURALEZA JURÍDICA.  REGIMEN DE EMPLEO. 


 


            La Corporación Arrocera Nacional nos consulta sobre el régimen jurídico que rige a los empleados de dicha corporación.  Específicamente se requiere de nuestro criterio en relación con las siguientes interrogantes:


 


 


¿Cuál es el régimen laboral que se debe aplicar a los empleados de la Corporación Arrocera Nacional?


¿El régimen laboral aplicable es derecho público o privado?


 


            Mediante dictamen C-222-2012 del 20 de setiembre del 2012, Grettel Rodríguez Fernández, Procuradora del Area de Derecho Público y Berta Marín González, Abogada de Procuraduría, analizan las interrogantes planteadas, arribando a las siguientes conclusiones:


 


1.         La Corporación Arrocera Nacional fue creada por el legislador como un ente público no estatal.


 


2.         A partir de la naturaleza jurídica del ente público no estatal, el régimen de empleo de los trabajadores de la Corporación Arrocera está regido predominantemente por el derecho privado, salvo para aquellos trabajadores que participen de la gestión administrativa, entendida en los términos expuestos en esta consulta.


 


3.         La Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, será de aplicación a los empleados de la Corporación Arrocera que realicen participen en la gestión pública del ente.