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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 095
 
  Dictamen : 095 del 20/03/2014   
 
Resumen

C-095-2014


 


CENTRO NACIONAL DE LA MUSICA. DIRECTOR ACADEMICO. CARGO SIMULTÁNEO DE FUNCIONES. RECARGO DE FUNCIONES


 


El Director  General del Fondo Nacional de Becas solicita nuestro criterio en relación con las siguientes interrogantes:


 


“¿Puede un Instructor de música del Instituto Nacional de la Música, nombrado en un tiempo completo (con lo cual deberá brindar sus servicios 24 horas lectivas presenciales a la semana) desempeñar además el cargo de Director Académico del Instituto Nacional de la Música, nombrado en un puesto de confianza a tiempo completo?


¿Es legalmente procedente utilizar la figura del recargo de funciones con un instructor del Instituto Nacional, que labora una jornada laboral completa, con las funciones de Director Académico del Instituto Nacional de la Música, y por cuanto cuánto tiempo se puede dar dicho recargo?


 


Mediante dictamen C-095-2014 del 20 de marzo del 2014, Grettel Rodríguez Fernández, Procuradora del Área de Derecho Público y Berta Marín González Abogada de Procuraduría, analizan la consulta planteada arribando a las siguientes conclusiones:


 


·           Un instructor artístico del Instituto Nacional de la Música no puede ejercer simultáneamente a tiempo completo el cargo de instructor de música y el cargo de Director Académico,  ya que se encuentra bajo la prohibición del desempeño simultáneo de cargos públicos establecido en la Ley Contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.


·           Si es posible recargarle a un instructor artístico las funciones del Director Académico  siempre y cuando el instructor reúna los requisitos que se requieran para el cargo del Director académico y que dicho recargo sea de manera temporal.


·           Esta Procuraduría no puede establecer cuanto es exactamente el tiempo que debe durar el recargo ya que debe ser la administración quien valore cada caso en concreto.