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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 273
 
  Dictamen : 273 del 04/09/2014   
 
Resumen

C-273-2014


 


LEY GENERAL DE CONTROL DEL TABACO.   CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN.  INICIO DE LA PRIMERA CAMPAÑA.  PRÓRROGA.


La Ministra de Salud solicita el criterio de este Órgano Asesor “con respecto al inicio de las campañas de etiquetado de las cajetillas de cigarrillos y a la eventual prórroga de dos meses entre campaña y campaña.”


Mediante dictamen C-273-2014 del 04 de setiembre del 2014, Grettel Rodríguez Fernández, Procuradora del Area de Derecho Público, atiende la consulta formulada, arribando a las siguientes conclusiones:


 


1.      La primera campaña para el etiquetado de las cajetillas de productos de tabaco, debe iniciarse doce meses después de que se notificó y entregó a la industria tabacalera, los mensajes sanitarios de advertencia que deben ser incorporados en los productos de tabaco.  De acuerdo con la información de la Dirección de Promoción de la Salud, oficina del Ministerio de Salud encargada del tema, dicho plazo se cumple el día 18 de setiembre del 2014.


 


2.      No resulta procedente la aplicación de la prórroga de dos meses establecida en el Reglamento de Etiquetado, pues esta prórroga corresponde al periodo de transición entre una campaña de etiquetado y otra, siendo que durante estos dos meses, la industria tabacalera podrá utilizar los mensajes aprobados por el Ministerio de Salud durante la campaña anterior, y mientras se ajustan las etiquetas de los productos a la nueva campaña aprobada por el Ministerio de Salud.


 


3.      Para la primera campaña, no existe ninguna campaña anterior aprobada, por lo que no resulta procedente pretender la aplicación de la prórroga.


 


4.      Tampoco resulta procedente la interpretación de que los mensajes de advertencias incorporados en las etiquetas de las cajetillas de cigarrillos como producto de la aplicación de la Ley de Regulación del Tabaco derogada, puedan considerase como la anterior campaña.