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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 332
 
  Dictamen : 332 del 04/12/2015   
 
Resumen

C-332-2015


CESANTÍA EMBAJADORES.  APLICACIÓN DEL 586 DEL CODIGO DE TRABAJO.


 


Nos consulta el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto sobre lo siguiente:


 


¿Procede el pago del auxilio de cesantía a un funcionario que es cesado del cargo de Embajador, aunque de forma inmediata se nombre en el cargo de Ministro, dado que al último nombramiento no se le aplica el Código de Trabajo?


 


Mediante dictamen C-332-2015 del 04 de diciembre del 2015, Grettel Rodríguez Fernández, Procuradora del Area de Derecho Público, da respuesta a la interrogante planteada, arribando a las siguientes conclusiones:


 


De conformidad con lo expuesto, esta Procuraduría General de la República considera que con vista en lo dispuesto por la Sala Segunda, el cargo de ministro estaría sujeto a la obligación de devolución de prestaciones contenida en el artículo 586 del Código de Trabajo