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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 015
 
  Dictamen : 015 del 22/01/1985   
 
Resumen

C-015-1985


IMPOSIBILIDAD PARA EMITIR DICTAMEN PRECEPTIVO. MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES. SERVIDOR REMUNERADO CON FONDOS DE PARTIDA DE JORNAL. RECONOCIMIENTO DE ANUALIDAD.


 


Doy respuesta a su oficio N° 4254 de 1° de noviembre de 1984, por medio del cual solicita un pronunciamiento de este Despacho en relación con el pago de anualidades para los servidores de ese Ministerio remunerados con fondos de la partida de jornales.


 


En relación a este tema, La Dirección General de Servicio Civil mediante oficio L-34-84 de 22 de febrero de 1984, señaló las medidas a tomar para que, a partir del año 1984, a esos servidores se les reconocieran anualidades, no obstante haber quedado incluidos dentro de la partida de jornales. Razón por la que es inexplicable que se sostenga que la negativa al pago por Servicio Civil es total, cuando en realidad es parcial.


 


Lo anterior nos lleva a concluir no solo que la consulta refleja un desconocimiento de los supuestos de hecho y derecho, sino que nos imposibilita la emisión de criterio, por lo que para futuras ocasiones en que se decida consultar, es importante realizar antes un estudio de la situación por plantear.