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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 356
 
  Dictamen : 356 del 02/12/2019   
 
Resumen

 


C-356-2019


 


CONSULTA INADMISIBLE. iMPROCEDENCIA DE ejercer control de legalidad sobre conductas administrativas en casos concretos, por no estar en los supuestos de excepción en los que podemos ejercer dicha competencia revisora. RELACIÓN CON EL artículo 6 inciso b) de la Ley 7001.


 


Por medio del oficio INCOFER-PE-847-2018, de fecha 06 de julio del 2018, la señora Elizabeth Briceño Jiménez, Presidenta Ejecutiva del Instituto Costarricense de Ferrocarriles, solicita el criterio de la Procuraduría General, en relación con la siguiente interrogante:


 


“Me permito consultarle sobre el alcance del numeral 6 inciso b) de la Ley N° 7001 "Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Ferrocarriles".


 


La consulta puntual radica en si un miembro del Consejo Directivo en calidad de representante de los sindicatos que afilien a trabajadores del Instituto, puede ser una persona que no se encuentra afiliada al Sindicato y que no sea funcionario actualmente del INCOFER.”


 


Mediante el dictamen C-356-2019 del 02 de diciembre del 2019, suscrito por la Licda. Yansi Arias Valverde, Procuradora Adjunta, se concluyó:


 


“Por las razones expuestas deviene inadmisible su gestión; y, por ende, se deniega su trámite y se archiva.


 


No obstante, tome en cuenta esa Presidencia Ejecutiva lo referido sobre el artículo 6 de la Ley 7001.”