Artículo 2º—Adiciónese al artículo 2º del Decreto
Ejecutivo Nº 27763-MAG del 10
de marzo de 1999, publicado en el Alcance Nº 26 a La Gaceta Nº
68 del 9 de abril de 1999, el inciso 6.c.1, que en lo consiguiente se lea así:
6.c.1. Para
los envíos en importaciones de granos que se descargarán a granel (ya sea en
sacos o grano suelto) en medios de transporte marítimo se aplica únicamente lo
dispuesto en el ítem 6.c, esta tarifa incluye los servicios de inspección,
muestreo, exámenes de laboratorio (residuos y diagnóstico), y transmisión al
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