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 Normativa >> Ley 15 >> Fecha 30/11/1918 >> Articulo 89
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Normativa - Ley 15 - Articulo 89
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Artículo 89    (No vigente*)
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Pena de relegación

 

Artículo 89.-La relegación obliga al penado a residir en Ia colonia destinada al efecto, en las condiciones de dependencia, vigilancia y trabajo que el reglamento de la materia establezca.

 


 

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