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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41943 - A >> Fecha 01/10/2019 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41943 - A - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15. Facturación de actividades agropecuarias donde concurran con actividades sujetas al régimen general.

Cuando además de la actividad agropecuaria se realicen actividades de carácter comercial, empresarial o profesional, sujetas al régimen general, los deberes de emisión y confirmación de comprobantes electrónicos, en los que a éstas últimas atañe, deberán entenderse aplicables también a las actividades agropecuarias y sujetarse a las disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo N° 41820-H del 19 de junio de 2019 “Reglamento de comprobantes electrónicos para efectos tributarios” o el que se encuentre vigente, salvo en el caso de que el adquirente del bien o servicio derivado de la actividad agropecuaria acceda a emitir la factura electrónica de compra, dadas las particularidades propias de la actividad.


 

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